La implementación de un canal de denuncias en las empresas, más allá del cumplimiento de la ley, aporta una serie de ventajas a las organizaciones, entre las que destacamos:
- Una detección temprana de conductas delictivas o ilícitas, pudiendo ponerles freno antes de que sean más graves y supongan mayores daños para la empresa, tanto económicos como reputacionales.
- Si la infracción o el delito se produce, contribuye a reducir el impacto negativo en la reputación e imagen de la empresa y puede atenuar o eximir la responsabilidad penal de la misma (siempre que se pruebe que el canal de denuncias es efectivo).
- Al poder presentar denuncias anónimas, aumenta las posibilidades de que más miembros de la empresa recurran a este medio para denunciar conductas ilícitas u otros comportamientos nocivos, como el acoso.
- La investigación y sanción interna permite resolver problemas dentro de la empresa, sin llegar a los tribunales (siempre y cuando no se trate de delitos penales, en cuyo caso deben ser denunciados) y, por tanto, incluso sin que llegue a trascender públicamente, lo que minimiza el impacto en la reputación de la empresa.
- Favorece y promueve una cultura ética y transparente dentro de la empresa.
Podemos decir que el canal de denuncias en empresas sirve para cumplir con dos finalidades; por un lado, persigue la comisión de delitos e infracciones en el desarrollo de las actividades de las empresas y, por otro lado, proteger de una manera mucho más efectiva a los informantes.
Desde su finalidad como sistema para prevenir y perseguir la comisión de delitos e infracciones, el canal de denuncias interno busca cumplir con los siguientes objetivos:
Detectar de forma anticipada posibles irregularidades o conductas contrarias a la ley o la normativa interna de la empresa.
Combatir la comisión de irregularidades o delitos en las siguientes áreas:
- Contratación pública
- Competencia
- Servicios financieros
- Protección del medio ambiente
- Seguridad nuclear
- Sanidad animal
- Seguridad de los productos, de los alimentos y del transporte
- Salud pública
- Protección de los consumidores
- Protección de datos y privacidad
- Mercado interior e intereses financieros de la UE
- Fraudes y estafas
- Blanqueo de capitales
- Irregularidades con la Seguridad Social o la Agencia Tributaria
Demostrar la eficacia del sistema de gestión de compliance y los controles del mismo.
Hacer un uso apropiado del régimen disciplinario de la empresa y castigar a quienes cometen irregularidades o conductas ilícitas dentro de la misma. Colaborar con la investigación judicial, si se produce un procedimiento penal relativo a la empresa.
Atenuar o eximir la responsabilidad penal de la empresa, en el caso de que se haya cometido un delito por parte de uno de sus miembros.
Como decíamos, la otra finalidad del canal de denuncias es proteger a los informadores de cualquier forma de represalia en su contra, con el fin de que más personas se decidan a dar el paso y denunciar aquellas irregularidades o comportamientos en contra de la ética y la normativa interna de la organización.
El canal de denuncias en España está regulado por la ley de protección de denunciantes de corrupción española, que transpone la Directiva (UE) 2019/1937 de la UE (Directiva Whistleblowing).
La Directiva (UE) 2019/1937 fue aprobada en 2019 por la Comisión Europea y el Parlamento Europeo y su objetivo es regular la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. El plazo para transponer esta Directiva al ordenamiento jurídico de cada Estado miembro finalizó el 21 de diciembre de 2021. La normativa deja la puerta abierta a que cada legislador pueda ampliar algunos de sus aspectos en base a sus propias leyes.
Por su parte, en España ha sido aprobada la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que adapta la normativa europea al territorio español.
Esta nueva ley introduce nuevos términos, como es el de «informantes» para los denunciantes de infracciones y de «comunicaciones» para las denuncias (puesto que estrictamente no podemos hablar de denuncias, ya que estas implican la identificación del denunciante) y el de «sistema interno de información» para referirse al canal de denuncias interno.
Tanto la Directiva (UE) 2019/1937 como la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, establecen la implementación de un canal de denuncias obligatorio para empresas con más de 50 empleados, la posibilidad de tramitar denuncias anónimas y, especialmente, proteger la identidad de los informadores (denunciantes), manteniendo su anonimato y garantizando su protección ante posibles represalias por parte de la organización durante un período de dos años.
Aparte de estas leyes, también afecta al canal de denuncias la protección de datos, puesto que la LOPDGDD, en su artículo 24, recoge el funcionamiento de los sistemas de información internos en cuanto a protección de datos de los informantes, denunciados y testigos.
Así mismo, y como ya dijimos más arriba, el artículo 31 bis del Código Penal establece como requisito indispensable de un plan de prevención de delitos penales, implementar un canal de denuncias interno.
*Actualización: En España ya se ha aprobado el Anteproyecto de Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción por la que se transpone la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.